Si tu vuelo salía de la UE (o llegaba a la UE con aerolínea europea) y te lo cancelaron con menos de 14 días de aviso, el Reglamento europeo 261/2004 te da derecho a una compensación de 250 a 600 € por pasajero según la distancia, además del reembolso o transporte alternativo y los gastos de comida y hotel.
250 € (vuelos hasta 1.500 km), 400 € (1.500-3.500 km) y 600 € (más de 3.500 km) por pasajero. Esta compensación es independiente del reembolso del billete y de los gastos de comida y alojamiento.
En España tienes un margen amplio para reclamar (varios años). Que haya pasado un tiempo desde el vuelo no significa que lo hayas perdido.
Suelen alegar 'circunstancias extraordinarias' para no pagar. Muchas veces no aplican (problemas técnicos, falta de tripulación...). Nosotros rebatimos esa excusa con el Reglamento en la mano.
Comprobamos que tu caso entra en el Reglamento 261/2004, reclamamos a la aerolínea con el importe exacto y, si no paga, acudimos a AESA (la Agencia Estatal de Seguridad Aérea) o preparamos la vía judicial. Y si tenías seguro de viaje, reclamamos en paralelo lo que no cubra la aerolínea.
Tu caso analizado por escrito y los pasos exactos a seguir, en menos de 24h.
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